En el marco de la emergencia económica declarada mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0173 de 2026, que establece un impuesto solidario y transitorio dirigido a empresas contribuyentes del impuesto de renta con un patrimonio igual o superior a 200.000 UVT, equivalentes a $10.474 millones al 1 de marzo de 2026.
La decisión responde al impacto fiscal derivado de la ola invernal registrada entre enero y febrero, que superó los pronósticos oficiales y afectó infraestructura vial, redes eléctricas, acueductos, vivienda y servicios básicos en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.
El Ejecutivo calcula daños por $8,3 billones, mientras el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo cuenta con apenas $668 mil millones ya comprometidos, lo que amplía la brecha de financiamiento.
El tributo tendrá una tarifa general del 0,50 % sobre el patrimonio líquido. No obstante, para el sector financiero,bancos, aseguradoras y comisionistas de bolsa, así como para empresas petroleras y carboneras, la tarifa será del 1,6 %, reflejando la mayor capacidad contributiva de estas actividades estratégicas.
El pago deberá realizarse en dos cuotas, el 1 de abril y el 4 de mayo de 2026. Quedan excluidas las empresas del sector salud, las compañías intervenidas por el Estado y las empresas de servicios públicos que operan en municipios declarados en calamidad.
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