A través del Decreto 1446 del 28 de septiembre de 2026, expedido por el Ministerio de Justicia y firmado por el presidente Abelardo de la Espriella y su ministro de Justicia, Iván Cancino, se oficializó un nuevo cambio en el reparto de las acciones de tutela contra la Presidencia de la República.
Con esta normativa, las tutelas que involucren decisiones, actuaciones u omisiones del jefe de Estado volverán a ser asignadas, en primera instancia, al Consejo de Estado. La medida echa atrás la disposición del gobierno de Gustavo Petro, que en 2025 había trasladado estas acciones a los jueces del circuito argumentando la búsqueda de una mayor imparcialidad judicial.
Desde el Ejecutivo se argumentó que, dada la naturaleza del presidente como jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, sus actuaciones tienen una escala e impacto de nivel nacional e internacional. Por tal razón, el Gobierno considera coherente que el juzgamiento de sus garantías constitucionales recaiga sobre un tribunal de alta jerarquía como el Consejo de Estado.
El Ministerio de Justicia aclaró que la norma establece únicamente pautas administrativas de reparto y no crea un fuero especial ni modifica las reglas sustanciales de la acción de tutela.
El decreto también establece que las tutelas radicadas con anterioridad a la expedición de la norma mantendrán su trámite en los despachos judiciales a los que fueron asignadas originalmente, garantizando la continuidad de los procesos en curso.
Con este acto administrativo, el sistema judicial colombiano suma tres modificaciones en la última década respecto a las reglas de reparto de las acciones de tutela contra la Presidencia de la República.
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