Por decreto, el Gobierno Nacional autorizó la venta de cannabis medicinal en Colombia
La nueva normativa, firmada por los ministros de Salud, Agricultura y Justicia, fue expedida el 27 de octubre y abre la puerta a un modelo más amplio y controlado de acceso a tratamientos alternativos.
El decreto establece que las farmacias y droguerías podrán ofrecer cannabis medicinal en flor o en productos derivados, siempre que los compradores cuenten con la respectiva prescripción médica y las autorizaciones sanitarias correspondientes.
Según el texto oficial, la regulación busca “garantizar tratamientos alternativos seguros y de calidad, así como un control más riguroso de la producción y distribución”.
Además, por primera vez, se reconoce legalmente el uso humano o veterinario de la flor de cannabis como producto terminado, algo que la normativa anterior no contemplaba.
El decreto también redefine el concepto de “producto terminado”, incluyendo no sólo los derivados del cannabis, sino también sus componentes vegetales, granos y extractos, siempre que cumplan con los estándares sanitarios.
Durante los próximos dos años habrá un periodo de transición, en el que solo los pequeños y medianos cultivadores con licencia podrán destinar su producción al mercado medicinal nacional.
Esta medida, según el Gobierno, busca fortalecer la economía rural y evitar la concentración del negocio en grandes compañías.
Se trata de una medida que permitirá su distribución controlada en farmacias y droguerías, siempre que los pacientes cuenten con certificación médica.
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